Mijas concedió 53 licencias de armas de cuarta categoría en 2013

d054faa07a98715a7d1de7165210509b_LEl alcalde de Mijas, Ángel Nozal, autorizó en 2013 la concesión de un total de 53 licencias de armas de cuarta categoría, bien pistolas o carabinas accionadas mediante aire comprimido u otro tipo de gas y de uso exclusivo para actividades deportivas.La concesión de permisos para este tipo de armas es una competencia municipal y para su obtención es necesario cumplimentar ante la Policía Local una serie de requisitos y aportar determinados documentos, como certificado de antecedentes penales, documentación de la compra del arma – bien en negocios especializados o bien a otra persona que esté en posesión de la licencia –, declarar el uso que se le va a dar a ese arma y, entre otros requisitos, pertenecer a algún club deportivo.“Este tipo de armas no pueden ser utilizadas para la caza”, explicó el coordinador de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Mijas, Francisco Montilla, quien además indicó que “las mismas sólo pueden ser utilizadas con fines deportivos en el término municipal”.La extensión de este tipo de licencias de armas viene recogida en el Reglamento de Armas y Explosivos, texto legal que además se faculta a los ayuntamientos a establecer reglas para su concesión. En este sentido, el Ayuntamiento de Mijas endureció los requisitos para la concesión de la licencia “porque queremos tener un control exhaustivo sobre las personas que tienen este tipo de armas y porque no queremos se produzca un mal uso de las mismas”, señaló Montilla.La mayoría de las armas de cuarta categoría registradas por el Ayuntamiento de Mijas son “réplicas de armas de fuego” y muchos de los que están en posesión del permiso forman parte de clubes deportivos.

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El alcalde de Mijas, Ángel Nozal, autorizó en 2013 la concesión de un total de 53 licencias de armas de cuarta categoría, bien pistolas o carabinas accionadas mediante aire comprimido u otro tipo de gas y de uso exclusivo para actividades deportivas.

La concesión de permisos para este tipo de armas es una competencia municipal y para su obtención es necesario cumplimentar ante la Policía Local una serie de requisitos y aportar determinados documentos, como certificado de antecedentes penales, documentación de la compra del arma – bien en negocios especializados o bien a otra persona que esté en posesión de la licencia –, declarar el uso que se le va a dar a ese arma y, entre otros requisitos, pertenecer a algún club deportivo.

“Este tipo de armas no pueden ser utilizadas para la caza”, explicó el coordinador de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Mijas, Francisco Montilla, quien además indicó que “las mismas sólo pueden ser utilizadas con fines deportivos en el término municipal”.

La extensión de este tipo de licencias de armas viene recogida en el Reglamento de Armas y Explosivos, texto legal que además se faculta a los ayuntamientos a establecer reglas para su concesión. En este sentido, el Ayuntamiento de Mijas endureció los requisitos para la concesión de la licencia “porque queremos tener un control exhaustivo sobre las personas que tienen este tipo de armas y porque no queremos se produzca un mal uso de las mismas”, señaló Montilla.

La mayoría de las armas de cuarta categoría registradas por el Ayuntamiento de Mijas son “réplicas de armas de fuego” y muchos de los que están en posesión del permiso forman parte de clubes deportivos.

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